Ejecutivo Limitó Labor de la AN en Reforma a la Ley del Trabajo

lunes, 2 de noviembre de 2009 · 0 comentarios

El Ejecutivo nacional quiere legislar en temas como el recorte de la jornada laboral, el regreso a la retroactividad de las prestaciones sociales y la aplicación de un sistema de estabilidad laboral, situación que ha frenado el veloz ritmo que llevaba la reforma a la Ley Orgánica del Trabajo (LOT).
Fuentes consultadas señalaron que los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional (AN) recibieron la orden del Ejecutivo de no tomar decisiones en estas materias, lo que generó un enfrentamiento político entre el Partido Comunista de Venezuela (PCV) y el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Mientras tanto, el presidente de la instancia parlamentaria, Oscar Figuera -quien además es secretario general del PCV- ha intentado presionar, aunque sin éxito, a la AN para impulsar la reforma legal.
Por los momentos Figuera ni siquiera ha conseguido apoyo en el PCV para lograr el objetivo, aunque la tolda partidista ha denunciado que sectores productivos oficialistas han influido sobre el Ejecutivo para que la reforma de la LOT no se apruebe. Ya en el pasado el presidente de la Comisión de Desarrollo Social de la AN había amenazado a su tolda política con renunciar a la instancia parlamentaria si el Ejecutivo nacional pasaba por encima del trabajo que realiza el Poder Legislativo para modificar la LOT.
Costos asociados En aquel momento el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social intentaba imponer su proyecto de reforma a la normativa laboral. Ahora desde allí tratan de marcar la pauta en los temas de recorte de la jornada, la retroactividad y la estabilidad, que son precisamente los aspectos de los cambios propuestos que pueden afectar fuertemente al Estado como empleador. "Es que el Gobierno cree que se le puede complicar la cosa con la reforma de la LOT. Por eso pararon también la reforma del Sistema Público Nacional de Salud", dijeron las fuentes.
La falta de recursos, tras la caída de los precios petroleros, trae una complicación más para aplicar una ley que traerá consigo mayores costos laborales y más limitaciones para manejar las nóminas. El Estado se ha convertido en uno de los grandes empleadores del país con 2.293.599 trabajadores a su cargo, casi 20% de la población que laboraba hasta septiembre en Venezuela, de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística.
A este panorama de menores recursos y más obligaciones contractuales se unen pasivos laborales que algunas organizaciones calculan hasta en 30 millardos de bolívares fuertes. Los consultados señalaron que los costos adicionales previstos por el ajuste en el esquema de prestaciones sociales no favorecen, en el escenario fiscal actual, al Gobierno en su intento por mantener su poder en la AN.
Para el próximo año están pautadas las elecciones parlamentarias y el Gobierno espera que la mayoría oficialista continúe legislando. Propuestas obligadas Por mandato constitucional el Parlamento está obligado a modificar tres aspectos de la LOT: jornada laboral y cálculo de prestaciones sociales. El debate sobre recorte al máximo de horas laboradas surgió durante la fallida reforma a la Constitución Nacional en 2007.
El presidente Hugo Chávez propuso seis horas diarias y 36 horas semanales como tope. Actualmente la Comisión de Desarrollo Social de la AN se pasea por varias posibilidades que van desde la propuesta presidencial de 2007 hasta la aplicación de jornadas diferenciadas dependiendo de la actividad que desempeñe el trabajador. En este tema no existen mayores desencuentros.
Pero cuando se plantea el regreso a la retroactividad de las prestaciones social es cuando surgen los enfrentamientos. En la AN se define un esquema de de cinco días a salario promedio con un adicional de 15 días anuales a último salario.
Mientras tanto, un proyecto propulsado por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, a través del PSUV, busca un régimen menos costoso de prestaciones, con el pago de no menos de 45 días anuales al último salario devengado para los primeros cinco años de vigencia del instrumento legal, para luego reducirlo a 30 días por año.

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